La economía social y solidaria (ESS) ha sido identificada como esa alternativa focalizada en los territorios, admitiendo la creencia de que los esfuerzos deben ser estrictamente locales, sin embargo, en medio del proceso de globalización se han gestado diversas acciones que pueden marcar el inicio para la construcción normativa internacional de la ESS, admitiendo una armonización de aquellos elementos de la ESS que pueden ser universalizados, respetando, ciertamente, la particularidad de las prácticas propias de cada región y país y que se enmarcan en dicho sector. Así como el sistema capitalista descansa sobre la base de todo un andamiaje legal internacional de derecho duro y suave que responde a los intereses de una lógica individualista; defendemos la idea de que la ESS puede fortalecerse a nivel doméstico a partir de estos esquemas jurídicos internacionales y de convergencia institucional.
Derechos
La titularidad de los derechos patrimoniales de esta obra pertenece a la Universidad Centroamericana de Nicaragua. Su uso se rige por una licencia Creative Commons BY 4.0 Internacional, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/legalcode.es, fecha de asignación de la licencia 2021-09-01, para un uso diferente consultar al responsable jurídico del repositorio por medio del correo electrónico repositorio@crim.unam.mx
González Rivera, T. V. (2020). La globalización y la economía social y solidaria: un estudio desde la perspectiva jurídica. Revista de derecho (29), 03–25